Art. 6

Procedimiento de verificación a efectos de la vigilancia del mercado

En vigor desde 12 jul 2012
Artículo 6 Procedimiento de verificación a efectos de la vigilancia del mercado Los Estados miembros aplicarán el procedimiento establecido en el anexo V al evaluar la conformidad de la clase de eficiencia energética declarada y el consumo energético.
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