Art. 1

Objeto

En vigor desde 5 jul 2012
Artículo 1 Objeto 1.   El presente Reglamento especifica el método de cálculo del descenso del 10 % del valor de las acciones líquidas negociadas en una plataforma de negociación, según lo establecido en el artículo 23, apartado 5, del Reglamento (UE) no 236/2012. 2.   El presente Reglamento especifica, asimismo, el método de cálculo del descenso del valor de los siguientes instrumentos financieros negociados en una plataforma de negociación, tal como se determina en el Reglamento Delegado (UE) no 918/2012 adoptado de conformidad con el artículo 23, apartado 7, del Reglamento (UE) no 236/2012: a) acciones no líquidas; b) los siguientes instrumentos financieros no derivados: i) instrumentos de deuda emitidos por emisores soberanos y empresas, ii) fondos cotizados, iii) instrumentos del mercado monetario; c) derivados cuyo único subyacente es un instrumento financiero negociado en una plataforma de negociación.
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