Art. 30

Disposiciones especiales que imponen restricciones relativas o aplicables a la sucesión de determinados bienes

En vigor desde 4 jul 2012
Artículo 30 Disposiciones especiales que imponen restricciones relativas o aplicables a la sucesión de determinados bienes Cuando la ley del Estado donde se encuentren situados determinados bienes inmuebles, empresas u otras categorías especiales de bienes contenga disposiciones especiales que, por razones de índole económica, familiar o social, afecten o impongan restricciones a la sucesión de dichos bienes, se aplicarán a la sucesión tales disposiciones especiales en la medida en que, en virtud del Derecho de dicho Estado, sean aplicables con independencia de la ley que rija la sucesión.
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