Art. 1
Aplicación de ciertas normas horizontales
En vigor desde 29 jun 2012
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 607/2009 queda modificado como sigue:
1)
El artículo 51 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 51
Aplicación de ciertas normas horizontales
1. A los efectos de la indicación de los ingredientes prevista en el artículo 6, apartado 3 bis, de la Directiva 2000/13/CE, las menciones que se deberán utilizar en relación con los sulfitos, la leche y los productos a base de leche, y los huevos y los productos a base de huevos serán las recogidas en el anexo X, parte A.
2. A las menciones contempladas en el apartado 1 se les podrá adjuntar, según el caso, alguno de los pictogramas que figuran en el anexo X, parte B.».
2)
El anexo X se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
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