Art. 43
Determinación de las emisiones
En vigor desde 21 jun 2012
Artículo 43
Determinación de las emisiones
1. El titular determinará las emisiones anuales de una fuente de emisión durante el período de notificación sumando todos los valores horarios de la concentración de los gases de efecto invernadero medidos, multiplicados por los valores horarios del flujo de gas de salida, siendo tales valores horarios la media de todos los resultados de las distintas mediciones realizadas durante la hora de funcionamiento correspondiente.
Cuando las emisiones sean de CO2, el titular podrá determinarlas aplicando la ecuación 1 del anexo VIII. El CO emitido a la atmósfera se tratará como la cantidad molar equivalente de CO2.
En el caso del óxido nitroso (N2O), el titular determinará las emisiones anuales aplicando la ecuación incluida en la subsección B.1 de la sección 16 del anexo IV.
2. En caso de que en una instalación existan varias fuentes de emisión y no puedan medirse como una única fuente, el titular deberá medir sus emisiones por separado y sumar los resultados correspondientes, a fin de calcular las cantidades totales del gas específico emitidas durante el período de notificación.
3. El titular deberá determinar la concentración de gases de efecto invernadero en el gas de salida mediante medición continua en un punto representativo:
a)
mediante medición continua, o bien,
b)
en caso de que las concentraciones en el gas de salida sean elevadas, calculando indirectamente tales concentraciones mediante la ecuación 3 del anexo VIII y teniendo en cuenta los valores de concentración medidos para los restantes componentes del flujo de gas, de acuerdo con lo establecido en el plan de seguimiento del titular.
4. Cuando proceda, el titular deberá determinar por separado las eventuales cantidades de CO2 procedentes de la biomasa utilizando metodologías de seguimiento basadas en el cálculo, y deducirá dichas cantidades de las emisiones totales de CO2 medidas.
5. El titular determinará el flujo de gas de salida a efectos del cálculo mencionado en el apartado 1 aplicando uno de los métodos siguientes:
a)
por cálculo mediante un balance de masas apropiado que tenga en cuenta todos los parámetros significativos, tanto los relativos a los insumos (que en el caso de las emisiones de CO2 deberán incluir como mínimo los correspondientes a las cargas de material, a los flujos de aire de entrada y a la eficiencia del proceso) como a la producción, con inclusión como mínimo de las cantidades producidas y la concentración de O2, SO2 y NOx;
b)
mediante medición continua del flujo en un punto representativo.
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