Art. 1

En vigor desde 1 jun 2012
Artículo 1 Los anexos I y II del Reglamento (UE) no 28/2012 se sustituyen por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2012:468:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil