Art. 1
Objeto
En vigor desde 21 mar 2012
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece las normas de presentación de la información, en particular la estructura, el formato, el método y el período de información, que las agencias de calificación crediticia deberán comunicar a un registro central, de conformidad con:
a)
el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1060/2009;
b)
el anexo I, sección E, parte II, punto 1, del Reglamento (CE) no 1060/2009.
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