Art. 13

Delegación de poderes

En vigor desde 14 mar 2012
Artículo 13 Delegación de poderes Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 14 en lo referente a la modificación del anexo, para tener en cuenta los avances técnicos y la evolución del mercado.
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