Art. 1

En vigor desde 24 feb 2012
Artículo 1 El anexo III del Reglamento (CE) no 110/2008 queda modificado como sigue: 1) En la categoría de producto 10, «Aguardiente de sidra y de perada», se añade la siguiente entrada: «Somerset Cider Brandy  (*1) Reino Unido 2) En la categoría de producto 15, «Vodka», se suprime la sexta entrada siguiente: «Vodka de hierbas de la llanura de Podlasie septentrional aromatizado con extracto de hierba de bisonte/Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej aromatyzowana ekstraktem z trawy żubrowej Polonia» 3) A continuación de la categoría de producto 30 «Bebida espirituosa de sabor amargo/bitter», se añade la siguiente entrada en la categoría de producto 31, «Vodka aromatizado»: «31.    Vodka aromatizado Vodka de hierbas de la llanura de Podlasie septentrional aromatizado con extracto de hierba de bisonte/Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej aromatyzowana ekstraktem z trawy żubrowej Polonia» 4) En la categoría de producto 32, la entrada relativa a «Irish Cream» pasa a tener la siguiente redacción: «Irish Cream  (*2) Irlanda
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