Art. 1
En vigor desde 24 feb 2012
Artículo 1
El anexo III del Reglamento (CE) no 110/2008 queda modificado como sigue:
1)
En la categoría de producto 10, «Aguardiente de sidra y de perada», se añade la siguiente entrada:
«Somerset Cider Brandy
(*1)
Reino Unido
2)
En la categoría de producto 15, «Vodka», se suprime la sexta entrada siguiente:
«Vodka de hierbas de la llanura de Podlasie septentrional aromatizado con extracto de hierba de bisonte/Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej aromatyzowana ekstraktem z trawy żubrowej
Polonia»
3)
A continuación de la categoría de producto 30 «Bebida espirituosa de sabor amargo/bitter», se añade la siguiente entrada en la categoría de producto 31, «Vodka aromatizado»:
«31.
Vodka aromatizado
Vodka de hierbas de la llanura de Podlasie septentrional aromatizado con extracto de hierba de bisonte/Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej aromatyzowana ekstraktem z trawy żubrowej
Polonia»
4)
En la categoría de producto 32, la entrada relativa a «Irish Cream» pasa a tener la siguiente redacción:
«Irish Cream
(*2)
Irlanda
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