Art. 2

En vigor desde 20 dic 2011
Artículo 2 El Reglamento (UE) no 1178/2010 se modifica como sigue: 1) En el artículo 1, «códigos NC 0407 00 11 y 0407 00 19 » se sustituye por «códigos NC 0407 11 00 , 0407 19 11 y 0407 19 19 ». 2) En el artículo 8, apartado 1, «códigos NC 0407 00 11 y 0407 00 19 » se sustituye por «códigos NC 0407 11 00 , 0407 19 11 y 0407 19 19 ». 3) El anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.
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eli:reg_impl:2011:1379:oj#art-2

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