Art. 5

Esfuerzo pesquero

En vigor desde 13 dic 2011
Artículo 5 Esfuerzo pesquero Tratándose de poblaciones demersales, el esfuerzo pesquero de los buques que utilicen redes de arrastre, palangres de fondo y semipelágicos y redes de fondo en la zona restringida de pesca contemplada en el artículo 4 no superará el nivel del esfuerzo pesquero aplicado en 2008 por cada Estado miembro en dicha zona.
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