Art. 2
En vigor desde 1 dic 2011
Artículo 2
El Reglamento (CE) no 969/2006 queda modificado como sigue:
1)
En el artículo 1, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. Se abre un contingente arancelario de 277 988 toneladas para la importación de maíz de los códigos NC 1005 10 90 y 1005 90 00 (número de orden 09.4131).».
2)
En el artículo 2, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El contingente se dividirá en dos tramos semestrales de 138 994 toneladas cada uno durante los siguientes períodos:
a)
tramo no 1: del 1 de enero al 30 de junio;
b)
tramo no 2: del 1 de julio al 31 de diciembre.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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