Art. 2

Ámbito de aplicación

En vigor desde 18 nov 2011
Artículo 2 Ámbito de aplicación El presente Reglamento se refiere a los derechos de emisión creados respecto al período de comercio del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión que comienza el 1 de enero de 2013 y a los períodos posteriores. También se refiere a los derechos de emisión de la aviación que se van a subastar y que se crearon para el período de comercio comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012.
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