Art. 1

En vigor desde 13 sept 2011
Artículo 1 El Reglamento (UE) no 605/2010 queda modificado como sigue: 1) En el artículo 1, se añade el párrafo segundo siguiente: «El presente Reglamento se aplicará sin perjuicio de cualquier otro requisito de certificación específico establecido en otros actos de la Unión o en acuerdos celebrados por la Unión con terceros países.» 2) El anexo II queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
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