Art. 54
Derogación
En vigor desde 21 oct 2009
Artículo 54
Derogación
Quedará derogado el Reglamento (CE) no 1774/2002 con efectos a partir del 4 de marzo de 2011.
Las referencias al Reglamento (CE) no 1774/2002 se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo al cuadro de correspondencias que figura en el anexo.
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