Art. 1

Agotamiento de la cuota

En vigor desde 11 ago 2009
Artículo 1 Agotamiento de la cuota La cuota que se asignó al Estado miembro que figura en el anexo del presente Reglamento para la pesca en 2009 de la población que se indica en dicho anexo se considerará agotada desde la fecha que establece éste.
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