Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 24 jul 2009
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento se aplicará a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas a tenor de la Recomendación 2003/361/CE que desarrollen un medicamento de terapia avanzada y estén establecidas en la Comunidad.
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