Art. 1
En vigor desde 25 jun 2009
Artículo 1
El organismo de intervención húngaro procederá a la venta, a través de una licitación en el mercado interior de la Comunidad, de maíz de las cosechas anteriores a la de la campaña 2007/08 que obra en su poder.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:553:oj#art-1