Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 jun 2009
Artículo 1 El organismo de intervención húngaro procederá a la venta, a través de una licitación en el mercado interior de la Comunidad, de maíz de las cosechas anteriores a la de la campaña 2007/08 que obra en su poder.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:553:oj#art-1