Art. 1

En vigor desde 23 ene 2009
Artículo 1 El anexo del Reglamento (CE) no 1126/2008 queda modificado como sigue: 1) La Norma Internacional de Información Financiera 5 (NIIF 5) queda modificada con arreglo a lo previsto en el anexo del presente Reglamento. 2) La Norma Internacional de Contabilidad no 1 (NIC 1), la NIC 8, la NIC 10, la NIC 16, la NIC 19, la NIC 20, la NIC 23, la NIC 27, la NIC 28, la NIC 29, la NIC 31, la NIC 34, la NIC 36, la NIC 38, la NIC 39, la NIC 40 y la NIC 41 quedan modificadas con arreglo a lo previsto en el anexo del presente Reglamento. 3) La NIIF 1 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIIF 5, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 4) La NIC 7 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIC 16, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 5) La NIIF 7 y la NIC 32 se modifican de conformidad con las modificaciones de la NIC 28 y la NIC 31, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 6) La NIC 16 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIC 40, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 7) La NIC 41 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIC 20, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 8) La NIIF 5, la NIC 2 y la NIC 36 se modifican de conformidad con las modificaciones de la NIC 41, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento.
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