Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 1 Ámbito de aplicación 1.   El presente Reglamento se aplicará a las obligaciones de alimentos derivadas de una relación familiar, de parentesco, matrimonio o afinidad. 2.   En el presente Reglamento, se entenderá por «Estado miembro» todo Estado miembro al que se aplique el presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:4(1):oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil