Art. 1

Modificación del Reglamento (CE) no 1290/2005

En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 1 Modificación del Reglamento (CE) no 1290/2005 En el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1290/2005 se añade la letra siguiente: «f) la participación financiera de la Comunidad en el plan de consumo de fruta en las escuelas contemplado en el artículo 103 octies bis, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo (*1). (*1)   DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.»."
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:13:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil