Art. 11
En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 11
Quedan derogados los Reglamentos (CEE) no 3076/78 y (CEE) no 3077/78.
Las referencias a los Reglamentos derogados se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el Anexo VI.
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