Art. 3
Autoridades competentes
En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 3
Autoridades competentes
1. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión la lista de autoridades nacionales competentes en materia de autorizaciones de exportación de bienes culturales.
2. La Comisión publicará en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea la lista de estas autoridades, así como cualquier modificación de la misma.
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