Art. 3

Autoridades competentes

En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 3 Autoridades competentes 1.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión la lista de autoridades nacionales competentes en materia de autorizaciones de exportación de bienes culturales. 2.   La Comisión publicará en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea la lista de estas autoridades, así como cualquier modificación de la misma.
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