Art. 11

Aseguramiento obligatorio

En vigor desde 24 sept 2008
Artículo 11 Aseguramiento obligatorio No obstante lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 785/2004, las compañías aéreas deberán haber contraído seguros que cubran su responsabilidad en los casos de accidente con respecto al correo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:1008:oj#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil