Art. 2
Objetivos
En vigor desde 30 may 2008
Artículo 2
Objetivos
1. La Empresa Común FCH contribuirá a la ejecución del séptimo programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) y, en particular, los temas «Energía», «Nanociencias, nanotecnologías, materiales y nuevas tecnologías de producción», «Medio ambiente» (incluido el cambio climático) y «Transporte» (incluida la aeronáutica) del programa específico de Cooperación.
2. En particular, la Empresa Común FCH:
a)
se fijará el objetivo de situar a Europa en la vanguardia mundial de las tecnologías de las pilas de combustible y el hidrógeno y de permitir el avance comercial de dichas tecnologías, permitiendo así que las fuerzas del mercado sean el motor de unos beneficios sustanciales para todos;
b)
apoyará la investigación, el desarrollo tecnológico y la demostración (IDT) en los Estados miembros y países asociados al séptimo programa marco (denominados en lo sucesivo «países asociados») de forma coordinada con el fin de solventar las deficiencias de mercado y orientar las actividades hacia el desarrollo de aplicaciones comerciales, facilitando así los esfuerzos del sector por desplegar lo antes posible las tecnologías de las pilas de combustible y el hidrógeno;
c)
respaldará la puesta en práctica de las prioridades de IDT indicadas en la ITC sobre pilas de combustible e hidrógeno, especialmente mediante la concesión de subvenciones a raíz de convocatorias de propuestas competitivas;
d)
propiciará el aumento de las inversiones públicas y privadas en investigación sobre tecnologías de las pilas de combustible y el hidrógeno en los Estados miembros y los países asociados.
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