Art. 12

Protección de los intereses financieros de los miembros y medidas contra el fraude

En vigor desde 30 may 2008
Artículo 12 Protección de los intereses financieros de los miembros y medidas contra el fraude 1.   La Empresa Común FCH velará por que se protejan debidamente los intereses financieros de sus miembros, realizando o encargando los oportunos controles internos y externos. 2.   En caso de irregularidades cometidas por la Empresa Común FCH o su personal, los miembros de la Empresa Común FCH se reservarán el derecho de recuperar los importes gastados indebidamente, entre otros medios reduciendo o suspendiendo sus contribuciones futuras a la Empresa Común FCH. 3.   A efectos de la lucha contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, se aplicará el Reglamento (CE) no 1073/1999. 4.   La Empresa Común FCH realizará controles in situ y auditorías financieras de los beneficiarios de la financiación pública de la Empresa Común FCH. 5.   La Comisión y el Tribunal de Cuentas podrán, si procede, realizar controles in situ a los destinatarios de la financiación de la Empresa Común FCH y a los agentes responsables de su asignación. Para ello, la Empresa Común FCH garantizará que los acuerdos de subvención y los contratos establezcan el derecho de la Comisión o del Tribunal de Cuentas de efectuar, en nombre de la Empresa Común FCH, los controles oportunos y, en caso de detección de irregularidades, de imponer sanciones disuasivas y proporcionadas. 6.   La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), creada por la Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión (10), gozará de los mismos poderes respecto a la Empresa Común FCH y su personal que los que ostenta respecto a los servicios de la Comisión. Tan pronto se cree la Empresa Común FCH, esta se adherirá al Acuerdo Interinstitucional, de 25 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, relativo a las investigaciones internas efectuadas por la OLAF (11). La Empresa Común FCH adoptará las medidas necesarias para facilitar las investigaciones internas a cargo de la OLAF.
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