Art. 18

Fase inicial

En vigor desde 11 mar 2008
Artículo 18 Fase inicial 1.   El consejo de administración presentará el proyecto del primer programa de trabajo trienal renovable al que se refiere el artículo 15, letra a), al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión en un plazo máximo de 12 meses después de su establecimiento. El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión podrán dirigir al consejo de administración dictámenes sobre cualquier tema cubierto por el proyecto, en un plazo de tres meses a partir del día en que lo hayan recibido. Cuando se dirijan tales dictámenes al EIT, el consejo de administración deberá responder en un plazo de tres meses, indicando los ajustes que haya hecho en sus prioridades y actividades planeadas. 2.   Dentro de un plazo de 18 meses a partir de la fecha de nombramiento del consejo de administración, el EIT seleccionará y designará de dos a tres CCI de conformidad con los criterios y procedimientos expuestos en el artículo 7. 3.   Antes de finales de 2011, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo su propuesta de primera AIE basada en el proyecto facilitado por el EIT. Además del contenido enunciado en el artículo 17, en la primera AIE se incluirán: a) especificaciones detalladas y mandato con relación al funcionamiento del EIT; b) las modalidades de cooperación entre el consejo de administración y las CCI; c) las modalidades de financiación de las CCI. 4.   Tras la adopción de la primera AIE conforme a lo dispuesto en el artículo 17, apartado 4, el consejo de administración podrá seleccionar y designar nuevas CCI aplicando las disposiciones contenidas en los artículos 6 y 7.
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