Art. 85
Definiciones de cosecha en verde y de renuncia a efectuar la cosecha
En vigor desde 21 dic 2007
Artículo 85
Definiciones de cosecha en verde y de renuncia a efectuar la cosecha
1. Por cosecha en verde se entenderá la cosecha total de los productos no comercializables en una zona determinada llevada a cabo antes del inicio de la cosecha normal. Los productos en cuestión no deberán haber sufrido daño alguno antes de la cosecha en verde, debido a razones climáticas, fitosanitarias o de otro tipo.
2. La renuncia a efectuar la cosecha se producirá cuando no se obtenga ninguna producción comercial de la zona en cuestión durante el ciclo productivo normal. Sin embargo, la destrucción de productos debido a fenómenos climáticos o enfermedades no se considerará una renuncia a efectuar la cosecha.
3. La cosecha en verde y la renuncia a efectuar la cosecha serán adicionales y diferentes de las prácticas de cultivo normales.
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