Art. 85

Definiciones de cosecha en verde y de renuncia a efectuar la cosecha

En vigor desde 21 dic 2007
Artículo 85 Definiciones de cosecha en verde y de renuncia a efectuar la cosecha 1.   Por cosecha en verde se entenderá la cosecha total de los productos no comercializables en una zona determinada llevada a cabo antes del inicio de la cosecha normal. Los productos en cuestión no deberán haber sufrido daño alguno antes de la cosecha en verde, debido a razones climáticas, fitosanitarias o de otro tipo. 2.   La renuncia a efectuar la cosecha se producirá cuando no se obtenga ninguna producción comercial de la zona en cuestión durante el ciclo productivo normal. Sin embargo, la destrucción de productos debido a fenómenos climáticos o enfermedades no se considerará una renuncia a efectuar la cosecha. 3.   La cosecha en verde y la renuncia a efectuar la cosecha serán adicionales y diferentes de las prácticas de cultivo normales.
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