Art. 2
Objetivos
En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 2
Objetivos
La Empresa Común Artemis contribuirá a la ejecución del séptimo programa marco y al tema «Tecnologías de la información y la comunicación» del programa específico «Cooperación». En particular:
a)
definirá y ejecutará un «programa de investigación» para el desarrollo de tecnologías clave destinadas a sistemas de computación empotrados en diferentes ámbitos de aplicación, con el fin de reforzar la competitividad y la sostenibilidad europeas y propiciar la aparición de nuevos mercados y aplicaciones sociales. Las actividades del programa de investigación se denominarán en lo sucesivo «actividades de I + D»;
b)
apoyará la ejecución de las actividades de I + D, especialmente mediante la concesión de financiación a los participantes en proyectos seleccionados mediante convocatorias de propuestas de carácter competitivo;
c)
fomentará una asociación público-privada destinada a movilizar y aunar esfuerzos comunitarios, nacionales y privados, aumentar las inversiones globales en I + D en el ámbito de los sistemas de computación empotrados, y estimular la colaboración entre los sectores público y privado;
d)
buscará la sinergia y coordinación entre los esfuerzos europeos de I + D en materia de sistemas de computación empotrados, incluida, cuando ello pueda generar un valor añadido, la integración progresiva en la Empresa Común Artemis de las actividades relacionadas en este ámbito, ejecutadas actualmente mediante sistemas intergubernamentales de I + D (Eureka);
e)
promoverá la participación de las PYME en sus actividades de conformidad con los objetivos del séptimo programa marco.
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