Art. 11

Zona geográfica de aplicación del Acuerdo

En vigor desde 28 jun 2007
Artículo 11 Zona geográfica de aplicación del Acuerdo El presente Acuerdo se aplicará, por una parte, en los territorios en que es aplicable el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en las condiciones previstas en ese Tratado, y, por otra, en el territorio de Groenlandia y en la ZEE de Groenlandia.
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