Art. 1

En vigor desde 29 mar 2007
Artículo 1 Se aceptan las solicitudes de certificados de importación presentadas los días 26 y 27 de marzo de 2007 de conformidad con el artículo 3 apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006 hasta un 24,897202 % de la cantidad solicitada. Se ha alcanzado el límite de 5 000 toneladas previsto para el mes de marzo.
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