Art. 68

Restricciones provisionales al uso de artes de arrastre de fondo en las aguas de altura de la zona CCRVMA durante las temporadas de pesca 2006/07 y 2007/08

En vigor desde 21 dic 2006
Artículo 68 Restricciones provisionales al uso de artes de arrastre de fondo en las aguas de altura de la zona CCRVMA durante las temporadas de pesca 2006/07 y 2007/08 1.   El uso de artes de arrastre de fondo en las aguas de altura de la zona CCRVMA queda restringido a las aguas en las que la Comisión tiene en vigor medidas de conservación para las artes de arrastre de fondo. 2.   Esta medida restrictiva no será aplicable al uso de redes de arrastre de fondo en la realización de investigaciones científicas en la zona CCRVMA.
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