Art. 30

Derogaciones

En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 30 Derogaciones Se derogan los Reglamentos (CEE) no 1003/81, (CEE) no 3749/86, (CEE) no 1713/93, (CEE) no 1718/93, (CEE) no 1756/93, (CEE) no 1759/93, (CEE) no 1785/93, (CEE) no 1793/93, (CE) no 3498/93, (CE) no 2808/98, (CE) no 594/2004 y (CE) no 383/2005. Las referencias a los Reglamentos derogados se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo.
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