Art. 27
Modificación del Reglamento (CE) no 917/2004
En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 27
Modificación del Reglamento (CE) no 917/2004
El artículo 8 del Reglamento (CE) no 917/2004 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 8
Tratándose de los importes a que se refiere el artículo 3, el hecho generador del tipo de cambio del euro será el mismo que se contempla en el artículo 7, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (CE) no 1913/2006 de la Comisión (*14).
(*14)
DO L 365 de 21.12.2006, p. 52.»."
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