Art. 27 · Modificación del Reglamento (CE) no 917/2004

Art. 27

Modificación del Reglamento (CE) no 917/2004

En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 27 Modificación del Reglamento (CE) no 917/2004 El artículo 8 del Reglamento (CE) no 917/2004 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 8 Tratándose de los importes a que se refiere el artículo 3, el hecho generador del tipo de cambio del euro será el mismo que se contempla en el artículo 7, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (CE) no 1913/2006 de la Comisión (*14). (*14)   DO L 365 de 21.12.2006, p. 52.»."
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