Art. 11

En vigor desde 19 dic 2006
Artículo 11 No obstante lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento (CE) no 1342/2003, el último día de validez del certificado de importación corresponderá al último día de validez del certificado de exportación más un período de treinta días. Sin embargo, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento (CE) 1301/2006, este último día de validez no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2007.
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