Art. 6
Entrada en vigor y período de vigencia
En vigor desde 15 dic 2006
Artículo 6
Entrada en vigor y período de vigencia
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2013.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:1998:oj#art-6