Art. 10
Presentación de los informes relativos a la acción de los laboratorios
En vigor desde 28 nov 2006
Artículo 10
Presentación de los informes relativos a la acción de los laboratorios
1. El informe financiero, presentado de conformidad con el anexo III, y el informe técnico relativos a la acción de los laboratorios y certificados por el director se expedirán a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al fin del período para el que se haya concedido la ayuda financiera, de lo cual dará fe el matasellos de correos.
2. Cuando no se respete el plazo establecido en el apartado 1, se reducirá la ayuda financiera en un 25 % el 1 de abril, en un 50 % el 1 de mayo, en un 75 % el 1 de junio y en un 100 % el 1 de julio.
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