Art. 4
Objetivos
En vigor desde 27 jul 2006
Artículo 4
Objetivos
Las intervenciones del FEP tendrán como objetivo:
a)
apoyar la política pesquera común a fin de asegurar la explotación de los recursos acuáticos vivos y apoyar la acuicultura para aportar la sostenibilidad necesaria en los planos económico, social y medioambiental;
b)
promover un equilibrio sostenible entre los recursos acuáticos vivos y la capacidad de pesca de la flota pesquera comunitaria;
c)
promover un desarrollo sostenible de la pesca interior;
d)
potenciar la competitividad de las estructuras de explotación y el desarrollo de empresas económicamente viables en el sector de la pesca;
e)
fomentar la protección y mejora del medio ambiente y de los recursos naturales cuando exista una relación con el sector pesquero;
f)
promover el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas con actividades en el sector de la pesca;
g)
promover la igualdad entre hombres y mujeres en el desarrollo del sector pesquero y de las zonas de pesca.
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