Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 22 may 2006
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Acuerdo establece los principios, normas y procedimientos que regulan:
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la cooperación económica, financiera, técnica y científica en el sector pesquero con el fin de establecer una pesca responsable en las zonas de pesca marroquíes para garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros y desarrollar el sector marroquí de la pesca,
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las condiciones de acceso de los buques pesqueros comunitarios a las zonas de pesca marroquíes,
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las disposiciones para el control de las actividades pesqueras en las zonas de pesca marroquíes con objeto de garantizar el cumplimiento de las citadas condiciones, la eficacia de las medidas de conservación y de gestión de los recursos pesqueros y la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada,
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las asociaciones entre empresas tendentes a desarrollar actividades económicas en el sector pesquero y actividades afines, en aras del interés común.
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