Art. 8
Derogación
En vigor desde 8 feb 2006
Artículo 8
Derogación
Queda derogado el Reglamento (CE) no 896/2001. No obstante, los artículos 21, 26 y 27, así como el anexo de dicho Reglamento seguirán siendo aplicables a las importaciones efectuadas en virtud del presente Reglamento.
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