Art. 20

Solicitud de licencia y de permiso especial de pesca

En vigor desde 22 dic 2005
Artículo 20 Solicitud de licencia y de permiso especial de pesca En las solicitudes de licencias y permisos especiales de pesca presentadas a la Comisión por las autoridades de terceros países deberá figurar la información siguiente: a) nombre del buque; b) número de matrícula; c) letras y números de identificación externa; d) puerto de matrícula; e) nombre y dirección del propietario o del fletador; f) arqueo bruto y eslora total; g) potencia del motor; h) indicativo de llamada y radiofrecuencia; i) método de pesca previsto; j) zona de pesca prevista; k) especies que se proyecta capturar; l) periodo para el que se solicita la licencia.
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