Art. 20
Solicitud de licencia y de permiso especial de pesca
En vigor desde 22 dic 2005
Artículo 20
Solicitud de licencia y de permiso especial de pesca
En las solicitudes de licencias y permisos especiales de pesca presentadas a la Comisión por las autoridades de terceros países deberá figurar la información siguiente:
a)
nombre del buque;
b)
número de matrícula;
c)
letras y números de identificación externa;
d)
puerto de matrícula;
e)
nombre y dirección del propietario o del fletador;
f)
arqueo bruto y eslora total;
g)
potencia del motor;
h)
indicativo de llamada y radiofrecuencia;
i)
método de pesca previsto;
j)
zona de pesca prevista;
k)
especies que se proyecta capturar;
l)
periodo para el que se solicita la licencia.
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