Art. 1
Objeto
En vigor desde 20 dic 2005
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece las disposiciones y condiciones generales de aplicación por la Comunidad de un plan de recuperación de las poblaciones de fletán negro en la subzona 2 de la NAFO y en las divisiones 3KLMNO.
El objetivo de este plan de recuperación será alcanzar un nivel de biomasa explotable de cinco años o más de 140 000 toneladas por término medio que permita un rendimiento estable a largo plazo de la pesca de fletán negro.
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