Art. 16

Correcciones y sanciones

En vigor desde 19 dic 2005
Artículo 16 Correcciones y sanciones 1.   En caso de que la retirada de la autorización a que se refiere el artículo 3, apartado 3, se deba a un incumplimiento deliberado o por negligencia grave de la organización profesional, ésta quedará excluida del beneficio de la financiación correspondiente a todo el programa de actividades y deberá abonar, asimismo, a la autoridad competente un importe igual al de la financiación de la que se le haya excluido. 2.   En caso de que una actuación dada no se ejecute con arreglo al programa de actividades, la organización profesional quedará excluida de la financiación destinada a esa actuación. La exclusión no se aplicará cuando la organización profesional haya presentado información factual correcta o pueda demostrar por cualquier otro medio la inexistencia de falta por su parte. 3.   Las sanciones siguientes se aplicarán a las organizaciones profesionales cuando se compruebe la existencia de irregularidades en la ejecución del programa de actividades: a) en caso de irregularidades por negligencia, la organización profesional: i) quedará excluida de la financiación destinada a la actuación de que se trate, ii) abonará, asimismo, a la autoridad competente un importe igual al de la financiación excluida; b) en caso de irregularidades deliberadas, incluidas las declaraciones falsas, la organización profesional: i) quedará excluida de la financiación destinada al conjunto del programa de actividades, ii) abonará, asimismo, a la autoridad competente un importe igual al de la financiación excluida, iii) quedará excluida de la financiación comunitaria contemplada en el artículo 8 del Reglamento (CE) no 865/2004 durante todo el trienio siguiente a aquel en el que se haya comprobado la irregularidad. 4.   Los importes resultantes de la aplicación de las correcciones o sanciones contempladas en el presente artículo se abonarán al organismo pagador y se deducirán de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2005:2080:oj#art-16

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil