Art. 4
En vigor desde 2 sept 2005
Artículo 4
En virtud de la licitación prevista en el artículo 2, la solicitud y el certificado de exportación llevarán, en la casilla 20, una de las dos indicaciones siguientes:
— en finés: Asetus (EY) N:o 1438/2005 – Todistus on voimassa ainoastaan Suomessa ja Ruotsissa,
— en sueco: Förordning (EG) nr 1438/2005 – Licensen giltig endast i Finland och Sverige.
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