Art. 1
En vigor desde 18 jul 2005
Artículo 1
1. Queda abierto un contingente arancelario comunitario libre de derechos con carácter autónomo y transitorio para el período comprendido entre la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento y el 31 de diciembre de 2005 para la importación de 2 300 cabezas de animales vivos de la especie bovina originarios de Suiza, de peso superior a 160 kg y correspondientes a los códigos NC 0102 90 41 , 0102 90 49 , 0102 90 51 , 0102 90 59 , 0102 90 61 , 0102 90 69 , 0102 90 71 o 0102 90 79 .
2. Las normas de origen aplicables a los productos referidos en el apartado 1 serán las establecidas en el artículo 4 del Acuerdo.
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