Art. 5

En vigor desde 8 jul 2005
Artículo 5 El organismo de intervención húngaro comunicará las ofertas recibidas a la Comisión, a más tardar dos horas después de haber expirado el plazo de presentación de las ofertas. Esta comunicación se realizará por vía electrónica, de acuerdo con el formulario que figura en el anexo.
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