Art. 1

En vigor desde 3 feb 2005
Artículo 1 Para las ofertas comunicadas del 28 de enero al 3 de febrero de 2005 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1757/2004, la restitución máxima a la exportación de cebada se fijará en 15,74 EUR/t.
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