Art. 37
Entrada en vigor y fecha de aplicación
En vigor desde 22 dic 2004
Artículo 37
Entrada en vigor y fecha de aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 5 de enero de 2007.
No obstante, el apartado 5 del artículo 6 será aplicable a partir del 5 de enero de 2008.
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